Es la opción por la cual se obtiene el grado de licenciatura, al comprobar un promedio general de 9.0 como mínimo en la carrera y no haber reprobado ninguna materia en exámenes ordinarios.
Lineamientos
1. Solicitar por escrito ante el Coordinador de Carrera, la autorización para iniciar los trámites de titulación indicando la opción.
2. Se tendrá por registrada la solicitud cuando el Coordinador de Carrera constate la solicitud académica del pasante, y con anuencia al director dé respuesta por escrito a la petición.
3. El trámite de titulación deberá hacerse dentro del término de 3 años en que se concluyó la carrera, al rebasarse este término, el pasante ya no podrá hacer uso de esta opción, salvo que realice un curso de actualización o titulación.
4. Será requisito indispensable, que el pasante anexe el certificado de estudios correspondiente y cumpla con lo dispuesto por el artículo 38 del Reglamento de Evaluación Académica.
5. Cuando el pasante reúna los requisitos exigidos para esta opción, solicitará ante el Coordinador de Carrera la designación de sinodales y el señalamiento de fecha y hora para el acto protocolario.
